Radón residencial en la Unión Europea. La directiva 2013/59/EURATOM

El radón residencial es el primer factor de riesgo del cáncer de pulmón en nunca fumadores y el segundo en fumadores. Es un gas incoloro, inodoro e insípido, de presencia ubicua y que está presente en todos los domicilios en mayor o menor concentración. La exposición prolongada a este gas produce cáncer de pulmón y existe además una fuerte interacción con el tabaco (1). La exposición a radón supone más de la mitad de la radiación que recibirá un ser humano a lo largo de su vida. El isótopo del radón 222 es el más frecuente, significa el 80% de todo el radón en los domicilios y por tanto el más importante desde un punto de vista epidemiológico.
La concentración de este gas es variable y depende fundamentalmente del sustrato geológico sobre el que se asienta la vivienda y en mucha menor medida (15-20%) de los materiales de construcción. La OMS ha bajado recientemente el nivel considerado de riesgo a 100 Bq/m3 (2). Un becquerelio es una desintegración atómica en un segundo. El radón emite partículas alfa, que son muy energéticas y que al impactar de modo constante y prolongado en el epitelio pulmonar puede producir cáncer de pulmón. Si bien el radón tiene una vida media de 3,8 días y no presenta en sí mismo un riesgo para la salud, son sus descendientes de vida media muy corta, polonio 214 y polonio 218, los que sí emiten partículas alfa. Como su concentración depende directamente de la de radón y éste último es más fácil de medir, es la concentración de radón la que se determina a nivel residencial. El radón emana del subsuelo y se acumula en lugares cerrados, siendo éstos lugares de trabajo o viviendas.
España es una zona de riego moderado, aunque variable en cuanto a la concentración de radón residencial. Así, Galicia es una zona de elevada emanación de radón residencial, al igual que una parte importante de Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid y ciertas zonas de Castilla La-Mancha, según el Consejo de Seguridad Nuclear.
La Unión Europea (UE) acaba de publicar una directiva (2013/59/EURATOM) en la que establece los niveles admisibles de radón para los domicilios y lugares de trabajo (3). Reconociendo la importancia de este carcinógeno humano, la UE establece niveles límite tanto para domicilios como para lugares cerrados, de 300 Bq/m3 de exposición promedio anual. Es más, indica que los Estados Miembros deberían incluir en sus códigos técnicos de edificación el problema del radón y cómo solucionarlo. Asimismo, indica los derechos de los trabajadores, especialmente de aquellos que trabajen en lugares de riesgo y en espacios cerrados.
Si bien esta directiva supone un avance importante en la regulación de la exposición a este carcinógeno humano, los niveles reseñados se han quedado cortos si los comparamos con los fijados por la OMS, de 100 Bq/m3. Aplicando los resultados obtenidos en el principal estudio de referencia hasta la fecha, un pooling study publicado en el British Medical Journal en el año 2005 con más de 21.000 participantes (4), 300 Bq/m3 supondrían un riesgo significativo de cáncer de pulmón del 48% frente a un no expuesto. Ese estudio indica que hay un riesgo lineal y significativo de cáncer de pulmón por cada 100 Bq/m3 que aumente la exposición a radón residencial. Así pues, se considera como aceptable para la población (y trabajadores) la exposición entre 100 y 300 Bq/m3, que implican excesos de riesgo de entre el 16 y el 47%, riesgos muy importantes desde un punto de vista etiológico. Estos individuos quedan por tanto desprotegidos. Si bien esta directiva era necesaria, es insuficiente. Veremos lo que hacen las autoridades españolas y también las autonómicas. Probablemente lo que vienen haciendo hasta la fecha y que no es otra cosa que mirar para otro lado.
Una lástima, porque desde luego es un problema en el que aplicar “salud en todas las políticas” (trabajo, vivienda, educación (escuelas), sanidad) sería posible. Alguno puede pensar que es una utopía, pero esto se desmonta porque no seríamos los primeros. Irlanda ya lo hizo, lo que indica que sólo es necesario voluntad política y recursos para proteger a la población de este carcinógeno humano.

Alberto Ruano-Raviña

Editor de Gaceta Sanitaria
Universidad de Santiago de Compostela
Conflicto de intereses: ninguno

(1) JM Barros-Dios, A Ruano-Ravina, M Pérez-Ríos, M Castro-Bernárdez, J Abal-Arca, M Tojo-Castro. Residential radon exposure, histological types and lung cancer risk. A case-control study in Galicia, Spain. Cancer Epidemiology, Biomarkers and Prevention. 2012. 21 (6): 951-8.
(2) WHO handbook on indoor radon: a public health perspective / edited by Hajo Zeeb, and Ferid Shannoun. WHO Library Cataloguing-in-Publication Data. ISBN 978 92 4 154767 3.
(3) Diario Oficial de la Unión Europea. http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2014:013:0001:0073:ES:PDF 17/01/2014.
(4) S Darby, D Hill, A Auvinen, J M Barros-Dios, H Baysson, F Bochicchio, H Deo, R Falk, F Forastiere, M Hakama, I Heid, L Kreienbrock, M Kreuzer, F Lagarde, I Mäkeläinen, C Muirhead,W Oberaigner, G Pershagen, A Ruano-Ravina, E Ruosteenoja, A Schaffrath Rosario, M Tirmarche, L Tomásek, E Whitley, H E Wichmann, R Doll. Radon in homes and risk of lung cancer: collaborative analysis of individual data from 13 European case-control studies. British Medical Journal. 2005. 330: 223-5.