Carencias en la Aplicación de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva en la Comunidad de Madrid

La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva (SSyR), y de la interrupción voluntaria del embarazo, adecuaba nuestra normativa a la evidencia científica de que la educación afectivo-sexual y reproductiva, el acceso universal a servicios de planificación y la financiación de anticonceptivos, incluidos los de última generación, son las medidas más eficaces de  prevención de embarazos no deseados, interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) e infecciones de transmisión sexual, sobre todo en jóvenes.

La Estrategia Nacional de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad de 2011 no ha sido aplicada ni evaluada hasta ahora. En 2013 el SNS dejó de financiar los anticonceptivos hormonales de última generación, pese a que todos los estudios demuestran que uno de los principales obstáculos para el uso de anticoncepción moderna y eficaz es el económico, y la Ley Orgánica 11/2015 limitó el acceso de las mujeres menores a la IVE.

La Federación de Planificación Familiar Estatal (FPFE), en su “Informe sobre el acceso a la anticoncepción en las comunidades autónomas”, señala las marcadas diferencias y desigualdades entre comunidades. La aplicación de la ley en Madrid tiene todavía carencias importantes:

  • Desde la entrada en vigor de la ley no se ha realizado o financiado por parte de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid ninguna campaña de sensibilización sobre métodos anticonceptivos.
  • En los últimos 3 años sí se ha ofertado formación al personal sanitario sobre anticoncepción y abordaje de la historia clínica sexual en atención primaria.
  • La anticoncepción está incluida en la cartera de servicios de atención primaria y especializada pero muchas mujeres son derivadas a centros municipales de la comunidad que desarrollan programas de SSyR, pero carecen de competencias asistenciales y están orientados a situaciones de especial vulnerabilidad. Las mujeres ven quebrantado su derecho a anticoncepción por atención primaria y especializada que son los servicios que deberían realizarla de una forma efectiva.
  • Algunos servicios de ginecología se niegan a expedir las recetas de implantes subcutáneos para su financiación indicadas por Atención primaria, aunque es la única forma de subvencionarlos. Otros, tampoco realizan la inserción de DIU de cobre o medicados sin que exista una protocolización, ni las mujeres tengan información de qué servicios la realizan y cuáles no. Por tanto, el que esté incluida esta prestación sanitaria en la cartera de servicios no garantiza que las mujeres vean satisfecho su derecho a recibirla.
  • Algunas Comunidades Autónomas financian el implante, método de alta eficacia y larga duración, en mujeres jóvenes o de especial vulnerabilidad como medida eficaz contrastada y con criterio de equidad de prevención de embarazos no deseados. Sin embargo, este tipo de medidas no se aplican en Madrid, a pesar de las dificultades expuestas, en un claro ejemplo de desigualdad entre comunidades autónomas.

Madrid no disponía de normativa ni programas propios para aplicar la Ley de 2010 hasta finales de 2017, con el Plan Integral de abordaje de los embarazos no deseados 2017-2020, muchas de cuyas medidas aún no se han puesto en marcha:

  • El Plan de promoción de la salud en ámbito educativo es prácticamente desconocido por docentes, todavía no se aplica y se recurre a entidades externas, como son los servicios de salud pública municipales, que tienen muchas dificultades para realizar esas intervenciones porque dependen de la orientación, ideología y afinidad de los claustros de los centros, contando muy poco con las AMPAS escasamente informadas.
  • La coordinación con iniciativas y actuaciones de carácter permanente de los municipios no se ha producido todavía, a pesar de que ayuntamientos como los de Madrid o Leganés, entre otros, cuentan con programas de educación afectivo-sexual que se imparten en el ámbito educativo formal y no formal, pero no pueden llegar a cubrir la totalidad de la población joven de la comunidad.
  • La anticoncepción de urgencia, considerada como medicación esencial por la OMS como prevención de embarazos no planificados, se dispensa gratuitamente sólo en algunos servicios municipales de salud pública como el del ayuntamiento de Madrid y otros.El plan incluye la consulta postcoital en atención primaria, que debe remitir a la mujer desde el centro a la farmacia con una receta gratuita. Esta dilación en el tiempo, la necesidad de acudir a 2 sitios y referir varias veces su historia es con frecuencia disuasorio para poblaciones vulnerables, particularmente las jóvenes, y sería más operativo que el/la profesional que atiende en primera instancia diera la medicación. Además, no ha existido ninguna campaña que informe a las mujeres de esta nueva prestación en atención primaria.

Según los datos del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar social, la Comunidad de Madrid está entre las 3 comunidades con mayores tasas de IVE durante los últimos 10 años. Sin embargo, desde la entrada en vigor de la ley de SSyR, en la Comunidad de Madrid no se han dado suficientemente los pasos que serían necesarios para poner en práctica medidas de prevención respecto a este problema de salud pública.

La prestación sanitaria en anticoncepción debe facilitar la formación, información y los medios que permitan a las personas ejercer su derecho a decidir el momento adecuado y el número de hijos que desean, así como el derecho a disfrutar de relaciones sexuales satisfactorias sin temor a embarazos no deseados que puedan poner en riesgo su desarrollo personal y social. Por tanto, el desarrollo de esta ley debe contemplar el derecho a una salud sexual integral, con perspectiva de género y atención a la diversidad. El logro de este objetivo requiere de un compromiso más firme de las autoridades sanitarias de la Comunidad de Madrid para resolver las deficiencias señaladas, apoyando programas eficaces para superar las barreras de acceso a las medidas más eficaces y contrastadas de promoción de la salud sexual y reproductiva.

 

Fátima Cortés Fernández

Centro de Salud Municipal de Vallecas. Madrid Salud

 

Referencias bilbliográficas